Indemnización de 121.000 euros por las secuelas tras un ictus en el Clínico

URGCLINICO

Es la cifra que fija la Administración y que respalda el Consejo Consultivo por la demora en la atención

Un total de 121.809,28 euros. Esa es la indemnización que propone el Consejo Consultivo para una mujer por las secuelas que sufrió por la demora en la asistencia sanitaria tras sufrir un ictus. La reclamante exigía 580.275,07 euros, pero el órgano asesor hace una estimación parcial de la responsabilidad patrimonial del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y rebaja la cuantía. El caso es el de una mujer -R. I. H. A.- que acudió a Urgencias del Clínico. La paciente alegó en su reclamación que transcurrieron más de cinco horas desde su ingreso en esa unidad hasta que se inició el tratamiento fijado en el protocolo de ictus. A la mujer se le realizó una analítica y una tomografía axial computarizada (TAC).

Según el Consejo Consultivo, «el daño alegado es efectivo». De hecho, el órgano asesor reconoce que no se plantea en ese aspecto problema alguno porque «la Administración reconoce que la asistencia dispensada no se ajustó por completo a los protocolos existentes para los casos de ictus privándole a la paciente del tratamiento fibrinolítico». Incluso abunda en que «la Administración considera que tal tratamiento debió aplicarse y que la omisión ha agravado el estado secuelar de la paciente».

El Consejo matiza que el desacuerdo es en torno al grado de influencia que tuvo el tratamiento. Para este órgano, queda acreditada la relación de causalidad entre la asistencia prestada y el daño por el que se demanda. Sin embargo, no estima la reclamación por 580.275,07 euros de la paciente, sino que considera «razonable» la propuesta de indemnización de 121.809,28 que plantea la Administración. Porque el Consejo entiende que el SAS ha demostrado que de haberse aplicado el tratamiento adecuado a tiempo, «las probabilidades de curación no habrían sido superiores al 50%».

 

Fuente: malagahoy.es 

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