«Aclaraciones Bolsa y OPE estabilizaciu00f3n MF»

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Estimados compañeros:

Ayer se publicaron, por fin, los listados definitivos de Bolsa SAS de Pediatras de AP y Médicos de Admisión y Documentación Clínica del corte del 2018. Estas categorías aún funcionaban con los listados de 2017. Así tenemos ya todos los listados vigentes de 2018 y con la entrega de documentación que actualmente está abierta se podrá iniciar la baremación del corte de 2019 en pocas semanas.

Hoy queremos aclarar una cuestión que, precisamente sobre el aporte de documentación, estuvimos abordando en nuestra información de ayer. Se trataba de cómo acreditar en Bolsa el título de especialista cuando aún no tenemos el título definitivo. Os hemos recomendado unir en un solo documento PDF la Orden de Concesión del Título y el resguardo del pago de la tasa 059. A muchos de vosotros os extrañó que no hubiéramos hablado de lo que muchos conocen como “pretítulo”, que es el certificado ministerial de haber concluido la formación especializada. Os aclaramos que si se aporta dicho certificado junto con el resguardo del pago de las tasas será igualmente válido, ya que se acredita también la obtención de la titulación por vía MIR y la fecha de finalización de la misma, que es de lo que se trata.

El motivo por el que os hemos recomendado la Orden de concesión es porque este documento está al alcance de todos y es fácil de conseguir. Sin embargo, el certificado ministerial últimamente no está llegando a los interesados con la regularidad deseada, ni les llega a tiempo a todos.

Así que resumiendo: igualmente válido es aportar Orden de concesión + pago de tasas como certificado ministerial (pretítulo) + pago de tasas.

Y respecto a la OPE de Estabilización de Médicos de Familia de AP os tenemos que aclarar que, aunque se ha publicado la plantilla definitiva de respuestas, aún no comienza el plazo de subir los méritos de la fase de concurso a la VEC. Hasta ahora el SAS no ha cumplido el punto 9 de las bases generales de las convocatorias ni el punto 5 de las bases específicas (que hace referencia al anterior). Lo que hacen es que la Resolución que aprueba los listados de las personas que superan la fase de oposición (examen) comunica el plazo para aportar dicha documentación, que suele ser de un mes, junto a otros 15 días más de plazo para presentar autobaremo. Así que por ahora solo podemos esperar a que corrijan el examen y publiquen el listado de aprobados.

 

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