Estimados compañeros:
El SARS-CoV2 ha hecho posible que, lo que ya es una realidad en muchos países de Europa, se empiece a valorar en nuestro país desde hace unos meses, cuando la realidad se ha impuesto. Nos referimos al teletrabajo. Ahora se empieza a ver la necesidad de regularlo y ya hay movimientos desde el legislativo, el gobierno y las distintas administraciones.
En pocas fechas nos encontramos con varias iniciativas:
El Consejo de Ministros aprobó ayer el Real Decreto-ley que regulará el trabajo a distancia, que queda definido como aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, durante un mínimo del 30% de la jornada, de carácter voluntario y con derecho a la desconexión digital del trabajador. Dicha norma regula y amplía la única referencia a esta modalidad de trabajo que contenía el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 13. Para lo que nos interesa, este régimen jurídico solo afecta al personal laboral en la empresa privada, pero…
Por su parte, la ministra de Hacienda afirma que próximamente el Consejo de Ministros aprobará la regulación del teletrabajo para los más de tres millones de empleados de públicos de las distintas administraciones, tras haberse acordado los términos en la Conferencia Sectorial de Administración Pública y la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas. La regulación del teletrabajo en las administraciones públicas se incorporará en un nuevo artículo 47 bis en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público EBEP
En Andalucía, por ahora, lo que tenemos es el acuerdo de 8 de mayo de la Mesa General de Negociación común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, que aprobó el plan de incorporación progresiva de la actividad presencial de la Administración de la Junta de Andalucía (Boja 22 de mayo) cuyos efectos solo llegaban hasta el pasado 15 de septiembre, y su prolongación ahora con un nuevo acuerdo (Boja de ayer 22 de septiembre) para cubrir el periodo posterior al 15 de septiembre y hasta que concluya la situación de crisis sanitaria por la Covid.
Lo importante: se puede volver a solicitar el trabajo no presencial de forma total o parcial en los términos que aparecen en este último acuerdo ratificado ayer, haciéndolo por escrito y dirigido a la Dirección Gerencia del Centro, aunque estamos a la espera de que se acuerden en la Mesa sectorial de Sanidad los términos específicos para los centros sanitarios. En ese momento os informaremos de ello.
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