Se ha convertido en viral en estos días la reclamación sobre cantidades abonadas por concepto de CRP de los últimos 4 años. Y se ha extendido la idea de que se está reclamando al SAS un pago de atrasos. Circulan por Whatsapp varios modelos de reclamación en los que no se solicita cantidad, sino que se haga un cálculo correcto de las cantidades y se abone la diferencia, solo poniendo datos personales y las notas individuales y de unidad de dichos años.
La verdad es la siguiente: dichas solicitudes son, en realidad, reclamaciones previas a la vía contencioso administrativa. Se está reclamando que el SAS hace mal el cálculo: aplica la nota de la Unidad (recortada o no por el factor de corrección) tanto en cálculo correspondiente a los objetivos de Unidad (60% del total) como en el cálculo correspondiente al importe por la nota individual (40%). Y se pide que se calcule correctamente, sin recortar previamente la parte individual.
Estas reclamaciones no van a tener efecto inmediato, el SAS no va a abonar nada. Contestará a ellas con una resolución desestimatoria o con silencio administrativo (tres meses sin contestar). Es entonces cuando se deberá deducir demanda, es decir, poner el recurso (cada uno con su abogado) en el juzgado de lo contencioso administrativo. Y cada interesado deberá decidir entonces si exponerse o no a la principal pega de estos procedimientos: si se pierde, la condena en costas.
Los antecedentes por ahora no son buenos: casi todos los juzgados en casi todas las provincias sentencian a favor del SAS. Y son sentencias que no dan posibilidad de recurso ante instancias judiciales superiores como el TSJA. Últimamente ha habido una favorable al trabajador/a en la provincia de Huelva. Por eso se ha activado esta especie de “campaña”.
Desde el Sindicato Médico vamos a asegurar, por supuesto, que cada afiliado pueda hacer su reclamación si así lo desea. Pero serán Reclamaciones previas a la vía contencioso administrativa bien fundamentadas y basadas en el cálculo de la cantidad concreta que se le adeudaría a cada persona. Para reclamar el CRP desde el 2018 hasta el 2021. Para esos 4 años habría plazo hasta mayo de 2023. Si es vuestro deseo presentarla, contactad con vuestro delegado sindical, que os indicará la documentación necesaria en cada caso.
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