Hoy están de enhorabuena los compañeros residentes en formación como especialistas, ya que por fin se publica en el BOJA el Acuerdo de 12 de enero de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad de hace ahora 6 meses, del 25 de junio de 2020. Con esta publicación de hoy se modifica el Acuerdo vigente desde 2007 con el que se perseguía la mejora de las condiciones de trabajo del personal EIR, en formación como especialistas en Ciencias de la Salud.
El Acuerdo de 19 de febrero de 2007 incorpora, a partir de hoy, un nuevo apartado 4.3 con la siguiente redacción:
“…4.3. Situaciones de incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional, descanso licencia por maternidad o paternidad, riesgo durante embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
En estas situaciones se garantizará el abono del importe necesario hasta completar la totalidad de las retribuciones que se viniesen percibiendo por los conceptos fijos y periódicos (Sueldo, Trienios/Antigüedad, Complemento de Grado de Formación) y, en su caso, por la media aritmética de las cantidades devengadas por los servicios efectivamente realizados de Atención Continuada por Jornada Complementaria durante los tres meses inmediatos anteriores a la fecha de la baja o suspensión…” (para entendernos, un prorrateo de guardias para garantizar que no hay pérdida económica durante esas situaciones).
La Consejería debe aplicar dichos cambios en la Resolución que regula las retribuciones de este personal, para que tenga sus efectos de forma inmediata.
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