{"id":3300,"date":"2020-01-07T11:55:03","date_gmt":"2020-01-07T11:55:03","guid":{"rendered":"https:\/\/loving-panini.217-18-163-79.plesk.page\/?p=3300"},"modified":"2020-01-07T11:55:03","modified_gmt":"2020-01-07T11:55:03","slug":"jubilaciones-y-paternidad-en-2020","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/loving-panini.217-18-163-79.plesk.page\/?p=3300","title":{"rendered":"Jubilaciones y Paternidad en 2020"},"content":{"rendered":"<p><p>Estimados compa\u00f1eros:<\/p>\n<p>Antes de nada, desearos a todas y todos un FELIZ 2020 que ahora comienza. Con el nuevo a\u00f1o se presentan algunos cambios como consecuencia de la aplicaci\u00f3n de la normativa y de los acuerdos vigentes, conviene recordarlos. Hoy nos referimos a lo relacionado con la <strong>jubilaci\u00f3n<\/strong> y al <strong>permiso de paternidad<\/strong>.<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Se supone que tambi\u00e9n habr\u00e1 <strong>subida salarial<\/strong> (el ejecutivo en funciones ha prometido un 0,9%), pero est\u00e1 pendiente de que se aprueben Presupuestos Generales del Estado ya que los actuales son los prorrogados de 2018. En los complementos auton\u00f3micos, dependientes de los Presupuestos de la Junta, no habr\u00e1 en principio subida a\u00f1adida para los sanitarios mientras no haya acuerdos espec\u00edficos, en especial los referentes a la b\u00fasqueda de la equiparaci\u00f3n con el resto del Estado (actualmente pendientes de Mesa de Negociaci\u00f3n el pr\u00f3ximo 15 de enero).<\/p>\n<p><strong>Sobre jubilaci\u00f3n<\/strong>, y hablando siempre a grandes rasgos, tenemos estas novedades: A partir de ayer, 1 de enero, la edad legal de jubilaci\u00f3n pasa de ser de <strong>65 a\u00f1os y 10 meses<\/strong> (en lugar de 65+8 de 2019) y ya se tendr\u00e1n en cuenta, para el c\u00e1lculo de la pensi\u00f3n, las cantidades cotizadas en los \u00faltimos 23 a\u00f1os de cotizaci\u00f3n. Para poder jubilarse en 2020 con 65 a\u00f1os sin p\u00e9rdida de pensi\u00f3n ya habr\u00e1 que tener cotizados 37 a\u00f1os. Y para poder jubilarse anticipadamente (hasta 2 a\u00f1os antes de la edad que nos corresponda) sigue siendo necesario haber cotizado al menos 35 a\u00f1os.&nbsp; La edad de jubilaci\u00f3n anticipada puede ser menor en caso de discapacidad superior al 45% (56 a\u00f1os) o al 65% (52 a\u00f1os) reuniendo otras condiciones. En principio no se va a aplicar el temido \u201cFactor de sostenibilidad\u201d para el c\u00e1lculo de la pensi\u00f3n, suspendido de nuevo en 2019, hasta 2023, salvo que se refleje lo contrario en los nuevos presupuestos o se aprueben antes cambios en el \u00e1mbito del Pacto de Toledo. Os recordamos que todo lo relacionado con el c\u00e1lculo de vuestra pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n hay que consultarlo individualmente en las oficinas del INSS, <a href=\"https:\/\/sede.seg-social.gob.es\/wps\/portal\/sede\/sede\/Ciudadanos\/cita%20previa%20para%20pensiones%20y%20otras%20prestaciones\/13cita%20previa%20para%20pensiones%20y%20otras%20prestaciones\/!ut\/p\/z1\/lZHBTsMwDIZfpTv0SO0uW0W5VdM0YO0BoWpZLiib0jSoJFUSWsHTE8oJCTqwFFux_1_KFwMDCkzzQUnuldG8C_cjy55Imq3SHNNyh3dbLOpqX-fkgeyWGRzmBJgjsL_48ZcoLvrvLwkCwdJWm0oC67lvr5RuDNCz8jzqrRhUKNyGJLQLyMJFb5HxlrvPqfP8PDWBpuS_lgOwubdNfzMJZuADnezM6WsRhT6R64BhRSOssMmrDe3W-97dxBjjOI6JNEZ2IhEuxp8crXEe6DchPIbTv9T0vbzF53U3lE2x-AAjqFJ2\/dz\/d5\/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"><span style=\"text-decoration: underline; color: #008000;\">previa cita<\/span><\/a>, que es donde disponen de toda la informaci\u00f3n sobre vuestra vida laboral y cotizaciones. Conviene mirar el Informe de Vida Laboral que nos env\u00edan cada a\u00f1o por correo postal o <a href=\"https:\/\/sede.seg-social.gob.es\/wps\/portal\/sede\/sede\/Ciudadanos\/CiudadanoDetalle\/!ut\/p\/z0\/fYxLDoIwFACvwob1a4U0smRhGvwsjCFiN6RpH-T5aYVWo7cXOIDLmUwGFDSgnH5TryN5p-8TX5RoMy5yXjC-l6zasLI-7OoiO2ay4nDCAFtQ_6PpQtdhUCUo413ET4QmoMV2IUfWh5TNImWGXlZb7WZDrvPjA0PyTQyOkToyeklXjK9FDs-bPP8AWCkbgQ!!\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"><span style=\"text-decoration: underline; color: #008000;\">solicitar uno con certificado digital en la web del INSS<\/span><\/a> para ver que todo est\u00e1 seg\u00fan esperamos y no faltan periodos.<\/p>\n<p><strong>Sobre permiso de paternidad<\/strong>: los nacimientos producidos desde las 0:00h de ayer 1 de enero, adopciones y acogimientos, generar\u00e1n ya un permiso de paternidad de <strong>12 semanas<\/strong> en lugar de las 8 que ten\u00edamos en 2019. Para los trabajadores p\u00fablicos andaluces pasan de un total de 15 semanas a las 20 semanas de este a\u00f1o 2020. Es decir: desde el 1 de abril al 31 de diciembre de 2019 hemos tenido 8 semanas del INSS + 7 adicionales (total 15). A partir de ahora habr\u00e1 <strong>12 semanas del INSS + 8 adicionales<\/strong>, igualando las 20 semanas del permiso de maternidad (16 del INSS + 4 adicionales). Para el padre ahora son obligatorias, tras el nacimiento, 4 semanas en lugar de las 2 que ten\u00edamos. Las dem\u00e1s son voluntarias, pero tambi\u00e9n intransferibles, y se pueden disfrutar dentro de los 12 meses posteriores al nacimiento, adopci\u00f3n o acogimiento. Conviene consultar cada caso particular, especialmente si la madre es trabajadora y tambi\u00e9n est\u00e1 disfrutando su permiso.<\/p>\n<p>Os recordamos que el c\u00e1lculo de la prestaci\u00f3n por paternidad y maternidad se hace teniendo en cuenta la base de cotizaci\u00f3n del mes anterior al inicio del permiso, que no debe llevar retenci\u00f3n por IRPF ya que no computa como renta (seg\u00fan sentencia del TS), y que el SAS debe prorratear en n\u00f3mina durante el permiso las cantidades cobradas por guardias. En el caso de la maternidad es igual, pero si la madre ha disfrutado de permiso por riesgo del embarazo, le prorratear\u00e1n las guardias durante el riesgo; sin embargo, tras el nacimiento, el SAS no contin\u00faa pag\u00e1ndole a la madre esas mismas guardias durante el permiso de maternidad. Si est\u00e1is en esa situaci\u00f3n contactad con vuestro delegado del Sindicato M\u00e9dico a fin de reclamarlo judicialmente.<\/p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Estimados compa\u00f1eros: Antes de nada, desearos a todas y todos un FELIZ 2020 que ahora comienza. Con el nuevo a\u00f1o se presentan algunos cambios como consecuencia de la aplicaci\u00f3n de la normativa y de los acuerdos vigentes, conviene recordarlos. 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