Los trámites ante la administración serán de forma telemática. Se acabó el papel

TTSAS

​En octubre de 2017 entró en vigor la Ley 39/2015 que en su Artículo 14 pone literalmente: «Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas». Por eso el Sindicato Médico Andaluz os informa que…

Ante los cambios de la Ley de Procedimiento Administrativo y sus efectos en la comunicación de los profesionales con la administración, nos hemos puesto en contacto con la Dirección General de Profesionales y os transmitimos la siguiente información para aclarar las dudas.

En octubre de 2017 entró en vigor la Ley 39/2015

https://loving-panini.217-18-163-79.plesk.page/wp-content/uploads/2018/06/BOE-A-2015-10565-consolidado.pdf

En su Artículo 14 pone literalmente:

«Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

  1. Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento.
  1. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
  1. a) Las personas jurídicas.
  2. b) Las entidades sin personalidad jurídica.
  3. c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  4. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Página 20
  5. e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
  1. Reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.»

Según nos informan desde los Servicios de Apoyo del SAS, desde la Junta de Andalucía están preparando un decreto para regularlo, y una vez publicado, el SAS elaborará una orden para aplicarla en el marco del SAS. Por tanto, de momento hay que esperar a que esté regulada e implantada dicha orden.

Ahora bien, el SAS ya está empezando a requerir que la comunicación de sus profesionales (reclamaciones, alegaciones, solicitudes, etc.) con éste se vaya haciendo por medios electrónicos en determinados procesos, y lo está implantando de manera escalonada. 

De momento todo lo relativo a los procesos selectivos (OEP, traslados) ya se requiere que sea por medios electrónicos. Lo siguiente será Bolsa con su migración a la VEC, y posteriormente se hará para el resto de trámites (solicitud de permisos, licencias, vacaciones, cursos, etc.) hasta tener implantados por medios electrónicos todos los trámites administrativos.

En cualquier caso, nos refieren que el plazo se prevé que pueda durar meses y se nos irá informando según se vayan implantando.

Ante esta situación tenemos que informar a todos nuestros afiliados y simpatizantes que es necesario ir adquiriendo esta cultura del uso de los medios electrónicos (certificado digital, DNI electrónico, clave PIN, etc.) para realizar cualquier trámite con la administración, pues más pronto que tarde acabará siendo obligatorio.

En el documento adjunto tenéis una guía para realizar el registro telemático o presentación electrónica general de cualquier escrito o documento dirigido a la Administración de la Junta de Andalucía, mediante certificado digital o DNI electrónico.

 

Fdo. Comité Ejecutivo SMA 

 

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